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Metepec, Estado de México a 14 de agosto de 2024

Este organismo garante llevó a cabo su 28ª Sesión Ordinaria del Pleno, para garantizar a la población el ejercicio de dos de sus derechos humanos

El acoso sexual constituye un acto de corrupción, pues dicha conducta implica un notorio abuso de poder; motivo por el cual José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem), emitió un voto particular a un recurso de revisión, durante la 28ª Sesión Ordinaria del Pleno de este organismo autónomo, tras señalar que este hecho actualiza la causal de excepción de la reserva contenida en la fracción IV del artículo 142 de la ley de transparencia local.

A su vez, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala emitió un voto particular concurrente en este mismo caso, al considerarlo como un acto de corrupción; toda vez que implica el mal uso o abuso del poder público para beneficio personal, por lo que constituye un acto de violencia sexual y de género que afecta a personas en situación de vulnerabilidad. En este sentido, las personas funcionarias públicas que utilicen y abusen de su cargo para obtener beneficios de índole sexual con personas subordinadas -aun cuando exista consentimiento-, a cambio de ciertos privilegios laborales, cometen corrupción y vulneran los derechos de las personas.

Al hablar de otro proyecto de resolución, la Comisionada Sharon Morales Martínez emitió un voto particular por considerar que la fotografía es un dato personal que debe clasificarse como confidencial. No obstante, dijo, existen excepciones, como cuando la información corresponde a personas servidoras públicas con cargo de mando medio o superior, por lo que están expuestos al escrutinio de la ciudadanía y puede ser pública; sin embargo, en este caso, la solicitud no refiere personal con estos cargos, por lo que su exposición pública debe ser limitada, toda vez que no se presentó evidencia suficiente que justifique la difusión de dicha información.

Por su parte, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega emitió un voto disidente a otro proyecto de resolución. Apuntó que la información solicitada corresponde a la vida interna de un sindicato, por lo que no es de dominio público. Al hablar de otro proyecto, expresó que no procede la reserva del nombre y datos académicos de peritos de hechos de tránsito, sólo porque la ley dispone que son personal operativo; puesto que, sin excepción, para la reserva de información deben acreditarse los riesgos que representa su entrega, a fin de estar en posibilidades de restringir el derecho de acceso a la información pública.

En su participación, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña expresó sus razones para emitir un voto particular a un proyecto diverso. En este sentido, detalló que el certificado de no deudor alimentario es un documento que contiene información que, de hacerse pública, podría vulnerar la vida privada de las personas servidoras públicas, por lo que debe clasificarse como confidencial. Dicha clasificación, dijo, da certeza de que esa persona cuenta con el cumplimiento de este requisito de ley, sin que deba proceder su entrega; toda vez que la clasificación de un documento es contraria a la declaratoria de inexistencia.

Cabe resaltar que en esta sesión, realizada para garantizar a la población el ejercicio de dos de sus derechos humanos, el Pleno aprobó la imposición de 57 medidas de apremio; de las cuales 47 fueron apercibimientos; en tanto que nueve fueron amonestaciones dirigidas a titulares de unidades de transparencia de diversos sujetos obligados.

Así mismo, se impuso una multa como medida de apremio al Titular de la Unidad de Transparencia del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, por el incumplimiento reiterado a una resolución en materia de recursos de revisión, multa que asciende a una cantidad de 15 mil 561 pesos.

Sitios de interés

ipomex, información publica mexiquense

Sistema de Información Pública de Oficio Mexiquense que permite a los sujetos obligados publicar la información correspondiente a sus obligaciones de transparencia comunes y específicas, así como cualquier otra información que considere conveniente difundir en materia de transparencia y acceso a la información. Ver más

saimex sistema de acceso a la información pública mexiquense

Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (Saimex) a través del cual se formulan las solicitudes de información pública y se interponen los recursos de revisión. De esta manera, tras registrar una cuenta en este sistema electrónico y realizar una solicitud de información, es posible dar seguimiento a la presentación, respuesta, inconformidad y resolución de la misma.

Para ingresar a Saimex, debe ingresar a la página electrónica www.saimex.org.mx o dar clic en el enlace correspondiente disponible en todas las páginas electrónicas de los sujetos obligados.

sarcoem, sistema de acceso, rectificación, corrección, oposición y portabilidad de datos personales

Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición del Estado de México (SARCOEM) por medio del cual se pueden formular solicitudes de derechos ARCO y recursos de revisión. De esta manera, tras abrir una cuenta en esta plataforma, es posible dar seguimiento a tu solicitud desde la presentación hasta la resolución.

Para acceder a SARCOEM, necesitas ingresar a www.sarcoem.org.mx o dar clic en el enlace correspondiente, disponible en todas las páginas electrónicas de los sujetos obligados.

Acto mediante el cual, cualquier persona hace del conocimiento del Instituto la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en los artículos 92, 93, 94, 95, 96, 97,98, 99, 100, 101, 102 y 103 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y demás disposiciones jurídicas aplicables, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Para presentar una denuncia puede hacerlo a través del Sistema de Registro de Denuncias de este Instituto o Plataforma Nacional de Transparencia. Ver más

El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, es una instancia de coordinación y deliberación, que tiene como objetivo la organización de los esfuerzos de cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable.

El Sistema Nacional es el espacio para construir una política pública integral, ordenada y articulada con una visión nacional, con objeto de garantizar el efectivo ejercicio y respeto de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, promoviendo y fomentando una educación y cultura cívica de estos dos derechos en todo el territorio nacional. Ver más

comité de testigos sociales Estado de México

Es un mecanismo de participación ciudadana, por medio del cual se involucra a la sociedad civil en los procedimientos de contratación pública relevantes; procedimientos en los que por su complejidad, impacto o monto de recursos requieren una atención especial para minimizar riesgos de opacidad y corrupción. Ver más

Plataforma a través del cual se realiza la actualización del directorio de servidores públicos responsables en materia de transparencia, cédulas de bases de datos personales y seguimiento de proyectos del Programa Anual de Sistematización y actualización de la información. Ver más

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